Gualberto Cusi sugiere al Tipnis pensar en el derecho internacional

El Magistrado del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi, denunciĆ³ este miĆ©rcoles que el gobierno nacional incumple el fallo que esa instancia emitiĆ³ sobre la Ley 222 de la consulta, aspecto que calificĆ³ de “vergonzoso” porque el ejecutivo no respeta los tratados internacionales referidos a los indĆ­genas.

“Los indĆ­genas del TIPNIS deberĆ­an pensar en la justicia internacional”, asegurĆ³ a tiempo de lamentar que la aplicaciĆ³n del mecanismo gubernamental en las poblaciones de ese territorio es un “desastre” porque se vulneran los derechos de los pueblos originarios reconocidos en la ConstituciĆ³n PolĆ­tica del Estado (CPE).

Con la misma severidad, el funcionario judicial criticĆ³ el accionar de las autoridades que llevan adelante este proceso. SeƱalĆ³ que la sentencia constitucional deberĆ­a ser de cumplimiento obligatorio de ambas partes. TambiĆ©n desahuciĆ³ las acciones interpuestas por los indĆ­genas de pretender frenar la consulta.

“Yo creo que en Bolivia no (se puede hacer algo), tendrĆ”n que ser los indĆ­genas quienes apelen a estos hechos en tribunales internacionales”, reiterĆ³ Cusi, quien cuestionĆ³ desde un iniciĆ³ el dictamen que manda la bĆŗsqueda de “consensos”, aspecto que serĆ­a el menos cumplido ante la resistencia de las comunidades.

El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Ruddy Flores, explicĆ³ que se definirĆ” la aplicaciĆ³n del fallo en base a la informaciĆ³n que proporcionen ambas partes. Asimismo afirmĆ³ no poder pronunciarse al respecto cuando todavĆ­a estĆ”n pendientes resoluciones sobre la acciĆ³n popular y el amparo constitucional.

“La ejecuciĆ³n del fallo, nosotros vamos a entender cuando ambas partes nos proporcionen informaciĆ³n (…) La sentencia 0300 hace referencia a la Ley 222 y establece la constitucionalidad condicionada de la misma, la sentencia permanece intacta y corresponde a todas las instancias observar y cumplir los tĆ©rminos de la sentencia”, aseverĆ³.

Sobre ambos recursos, la autoridad asegurĆ³ que la mĆ”xima instancia jurĆ­dica del paĆ­s revisarĆ”, en un plazo que no excede los 45 dĆ­as, las determinaciones asumidas por las salas del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Ambos veredictos rechazaron las acciones asumidas por los indĆ­genas.

Erbol


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